La
actual crisis económica ha disparado el número de empresas que han
presentado concurso de acreedores, la antigua suspensión de pagos.
En nuestra asesoría de empresas en Asturias
tenemos constancia de
que desde 2008 la tasa de empresas que presentaron concurso de
acreedores superó el 150% por encima del período fiscal anterior,
según varios de los estudios publicados. Cuando nos planteamos una
resolución fiscal de este tipo, debemos tener en cuenta una serie de
cuestiones:
- ¿Es lo mismo concurso de acreedores que
suspensión de pagos?
Se trata de dos procedimientos claramente
diferenciados. La suspensión de pagos era el procedimiento por el
que antiguamente se trataba de ayudar a las empresas en vías de
quiebra para que pudieran resolver sus problemas económicos sin
llegar a la situación crítica. Hoy día, como tal ya no existe
salvo las que todavía están en vías de tramitación.
-
¿Qué tipos de concursos hay?
Existen dos modalidades:
voluntario, que es cuando el deudor procede a instar el expediente, y
forzoso, cuando es uno o varios de los acreedores los que lo
inician. Ambas pueden tramitarse desde nuestra
Gestoría
Administrativa Olivares, donde te asesoraremos para la mejor
resolución para todas las partes afectadas.
En
cualquiera de los casos, el plazo máximo para solicitar un concurso
de acreedores es de dos meses, ya sea por deudas acumuladas con la
Administración de Hacienda o la Seguridad Social, intento de embargo
de propiedades inexistentes, etcétera.
Consulta con nuestra asesoría de empresas en Asturias, estudiaremos tu caso para darte la mejor de las soluciones.
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